Ley Antispam: Hasta S/. 2.27 millones en multas.

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Ley Antispam: Hasta S/. 2.27 millones en multas.

El pasado 14 de setiembre, el Congreso de la República aprobó de manera unánime la autógrafa de ley que prohíbe las llamadas spam con fines comerciales, conocida como “Ley Antispam”. De esta manera, se modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, reduciendo las comunicaciones no autorizadas a los usuarios.

Los parlamentarios detrás de la autógrafa enfatizaron que los derechos fundamentales de las personas prevalecen sobre el derecho de libre empresa. Sin embargo, es válido mencionar que esta ley no se opone a la actividad de los call centers o conocidos ahora como centros de contacto, sino que prevé regular su conexión al consumidor.

¿Qué cambios trae la Ley Antispam?
Esta aprobación conlleva importantes cambios. Por ejemplo, se prohíben las llamadas de ventas los sábados, domingos y feriados, así como de 8:00 p.m. a 7:00 a.m. de lunes a viernes.

También se prohíben visitas no solicitadas y proposiciones persistentes e impertinentes por teléfono, fax, correo electrónico u otros medios, a menos que el consumidor lo autorice explícitamente. La única excepción es si el consumidor se pone en contacto con el proveedor o da su consentimiento expreso para ser contactado.

De acuerdo con el abogado Omar Damián, Líder de Operaciones legales del estudio Mercado y Competencia, infringir la Ley Antispam dará lugar a infracciones muy graves por parte del Indecopi. Según el Código de Protección y Defensa del Consumidor, las multas pueden ascender hasta las 450 UIT (S/ 2.27 millones) para las empresas que resulten responsables.

Consejos para los consumidores afectados

Para detener estas prácticas de las empresas de inmediato, el abogado Omar Damián recomienda recopilar pruebas como grabaciones de pantalla de las llamadas con información del agente y el propósito, así como correos electrónicos, mensajes de texto o WhatsApp que persisten después de la negativa.

Además, sugiere presentar una reclamación en el Libro de Reclamaciones, para dejar constancia de la molestia que causa esta comunicación. Otra opción es presentar una queja ante el servicio de atención al ciudadano de Indecopi, que busca mediar entre el proveedor y el consumidor para poner fin a estas comunicaciones de manera directa e inmediata.

“Por último, si no fuese suficiente, el consumidor afectado puede presentar una denuncia ante los órganos resolutivos del Indecopi, a efectos de que se adopten las medidas correctivas necesarias e incluso apliquen sanciones por las inconductas del proveedor”, finaliza el abogado sobre la Ley Antispam.

Fuente: Peru-retail.com

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